Dia Sin Carro Bogota trafico transporte publico taxis transmilenio autopista norte con Heroes Bogota feb 6 del 2020 Foto Guillermo Torres Reina / Semana | Foto: si

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Estas son las excepciones del Día sin Carro en Bogotá este jueves

Por: SoHo

Para la jornada del día sin carro la mayoría de vehículos no tiene permitido salir pero hay algunos algunos que están exentos.

El transporte público, la bicicleta o los taxis son los medios de transporte más comunes en el día sin carro teniendo en cuenta que prácticamente ningún vehículo particular puede recorrer las vías durante la jornada.

Este jueves 22 de septiembre se aplicará la medida con el objetivo de incentivar esos medios de transporte y ayudar al medio ambiente ya que según la Secretaría de Ambiente y de Movilidad “el día sin carro y sin moto es un respiro para la ciudad. Nuestro cálculo es que vamos a reducir en 57% las emisiones CO2 equivalentes, las que causan el cambio climático. Se van a reducir en 43 % las emisiones de material particulado 2.5, las que más afectan nuestra salud”.

La jornada empezará a regir a partir de las 5 de la mañana, sin embargo, el transporte público empezará operaciones a las 3:30 de la mañana e irá hasta la 1 de la mañana del día siguiente para que todos los ciudadanos tengan garantizada la movilidad.

Excepciones del día sin carro

Aunque son miles de vehículos los que no podrán movilizarse durante este día, la Alcaldía emite algunas excepciones dentro de las que están ciertos vehículos de transporte especial y en el decreto 388 del 19 de septiembre también se incluyó a los carros eléctricos ya que no son contaminantes.

Estas son las demás excepciones:

  • Vehículos de transporte público.
  • Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  • Vehículos y motocicletas de emergencia.
  • Vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes.
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de diez (10) pasajeros.
  • Vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial. Grupo de vehículos que hagan parte del esquema de seguridad de la Presidencia de la República y estén al servicio de actividades inherentes.
  • Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular. Automotores identificados con placas especiales asignadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que tengan medidas de protección.
  • Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos y/o de cero emisiones contaminantes.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas vinculadas a empresas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio y se encuentren debidamente identificadas o con logos.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada que porten pintado o adherido, en forma visible los distintivos de la empresa de vigilancia y seguridad privada con plena identificación del conductor del vehículo, que transporten personal y/o materiales para el desarrollo de la labor de vigilancia y seguridad privada.
  • Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.
  • Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional de Transmilenio
  • Vehículos y motocicletas destinadas al control de emisiones y vertimientos.
  • Automotores y motocicletas utilizados por la Secretaría Distrital de Ambiente o por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o quien haga sus veces, para la revisión, atención y prevención de emisiones y vertimientos contaminantes, siempre y cuando cuenten con plena y pública identificación, consistente en los logos pintados o adheridos en el vehículo y/o plena y pública identificación del conductor del vehículo.
  • Vehículos de transporte de valores.

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