¡Pilas! Recuerde que hasta el próximo 14 de julio hay plazo para realizar el pago de este impuesto sin descuento.
De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, el impuesto predial es un pago obligatorio que debe realizar todo propietario o poseedor sobre los bienes inmuebles o predios que le correspondan dentro del municipio o Distrito en el que se encuentran ubicados, es decir, es un impuesto que recae sobre la propiedad inmueble y se genera por la existencia del predio.
Por esta razón, si tiene algún lote, apartamento, casa, local comercial, fábrica, bodega, finca, predios financieros, entre otros, es importante que tenga en cuenta esta información para que no deje pasar por alto esta responsabilidad y, de este modo, evite las consecuencias ante el incumplimiento del pago.
En primera instancia, recordemos que hasta el próximo 14 de julio hay plazo para realizar el pago de este impuesto sin descuento del 10 %, así lo anunció la Secretaría Distrital de Hacienda.
De este modo, los contribuyentes que hayan elegido el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC), deben tener presente que su obligación tiene que quedar a paz y salvo antes del viernes 9 de junio.
Además, es necesario tener presente que bajo esta modalidad de pago se fundamentan cuatro cuotas en las que no aplica el beneficio de descuento y, en cambio, se debe cancelar la tarifa plena.
Recuerde que en caso de no realizar los pagos dentro del plazo establecido, se aplicarán sanciones y las multas varían según el estrato del inmueble y la Unidad de Valor Tributario (UVT).
Para este 2023, la sanción corresponde al 1,5 % por mes o fracción de mes de retraso. Conozca las multas correspondientes que se aplican según el estrato:
Estrato 1 y 2, Unidad de Valor Tributario 4. Total: $170.000 pesos colombianos.
Estrato 3 y 4, Unidad de Valor Tributario 5. Total: $212.000 pesos colombianos.
Estrato 5 y 6, Unidad de Valor Tributario 7. Total: $297.000 pesos colombianos.
Cabe mencionar que autoridades han generado una serie de explicaciones para exponer la importancia que posee el impuesto predial, y el pago del mismo, dentro del desarrollo urbano de la ciudad y sus respectivos municipios.
Según indican, los ingresos generados a través de este impuesto se destinan a financiar servicios públicos esenciales como el mantenimiento de vías, la recolección de residuos, el alumbrado público y el suministro de agua potable.
Adicionalmente, se utilizan para la construcción y mantenimiento de infraestructuras públicas como parques, hospitales, escuelas y otros espacios comunitarios con los que se busca mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.