Le contamos los beneficios que le otorgan por hacer efectivo su derecho al voto en las próximas elecciones presidenciales.
El certificado electoral que le darán en la próxima jornada de elecciones del domingo 29 de mayo, no sólo es la constancia de que ejerció su derecho al voto, sino que también es la posibilidad de obtener algunos beneficios, como el medio día de jornada de trabajo de descanso.
La contienda electoral que definirá a los candidatos que pasarán a segunda vuelta o, por qué no, que definiría al próximo presidente de Colombia en primera vuelta, se encuentra cada vez más cerca y los ánimos en el ámbito político y en los ciudadanos del común crecen cada vez más.
Es importante que sepa que al ejercer su derecho al voto, además de tener la posibilidad de votar por su candidato de preferencia, puede acceder a los siguientes beneficios.
Luego de que usted vote y le sea entregado el certificado electoral, podrá acceder al beneficio de medio día de descanso remunerado en su trabajo, que su empleador le debe dar por ley.
Este beneficio está respaldado por el artículo 3° de la Ley 403 de 1997 y para hacer efectivo el medio día es muy fácil.
¿Cómo solicitar medio día de descanso en mi trabajo por votar?
Para disfrutar de este medio día, usted deberá acordarlo con su jefe o empleador. Para esto, debe presentar el certificado electoral y acordar con su jefe el día y horario en el que se tomará la media jornada libre.
¿Hay algún plazo límite para reclamar el beneficio?
Según la ley anteriormente mencionada, sí existe un plazo límite para reclamar el medio día. El plazo son 30 días (un mes) después de haber pasado la jornada de elecciones.
Otros de los beneficios que podría tener al votar son: