23 de mayo de 2022
Política
Ley seca elecciones 29 de mayo 2022: cuándo empieza, fechas, horarios y multas
La ley seca es una medida restrictiva que se aplica obligatoriamente antes de las elecciones para controlar el orden público.
Por: Soho.coA partir del sábado 28 de mayo a las 6:00 p. m. queda prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en Colombia, debido a la primera vuelta de las elecciones presidenciales que se llevaran a cabo el 29 de mayo. Según el artículo 206 del Código Electoral, la medida debe entra en vigencia el día anterior de los comicios y termina al día siguiente de las votaciones.
La medida de Ley Seca es una de las restricciones más antiguas y comunes en Colombia, cuando de controlar el orden público se trata, puesto que el alcohol es uno de los factores que más violencia provoca.
El Código Electoral estipula que “queda prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día anterior a aquél en que deban verificarse las votaciones hasta las seis (6) de la mañana del día siguiente a la elección”. Además, el documento estipula que si algún ciudadano se salta la regla “los Alcaldes Municipales impondrán las sanciones correspondientes por violación de esta norma, de acuerdo con lo previsto en los respectivos Códigos de Policía (de cada territorio)”.
Multas al incumplir la ley seca
La multas pueden ir desde los 394 000 pesos y se entregarán a todos los que sean sorprendidos infringiendo la normatividad. Cabe destacar que aunque no se especifica que los bares deban cerrar, se da por sentado el hecho, ya que dichos establecimientos basan su actividad productiva en el expendio de bebidas embriagantes.
De esa manera, se establece que se debe “ordenar restringir el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público, en la totalidad del territorio”. De hecho, dentro de la medida se incluye la prohibición de efectuar reuniones o celebraciones de carácter público o privado.
Para mayor claridad, el Ministerio de Salud y Protección social declara en el decreto 780 de 2016, que las bebidas embriagantes son aquellos “productos aptos para el consumo humano con una concentración de alcohol etílico no inferior a 2.5 grados alcoholímetros, al cual no se le indican propiedades terapéuticas”, por lo cual, todo líquido que se incluya en esa condición y se consuma durante la Ley Seca, acarreará con una sanción.
Aunque el Gobierno Nacional hasta el momento no ha publicado el decreto oficial en el que se clarifiquen las medidas que regirán a partir del sábado o en dado caso desde el viernes, la legislación ordena que en todo el país debe haber Ley Seca desde el día anterior a las elecciones presidenciales, que para las del 29 se tratará de la primera vuelta.